Bodas Civiles
El Ayuntamiento de Almaraz te brinda la posibilidad de contraer matrimonio civil.
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¿Dónde se solicita?
Ayuntamiento de Almaraz.
Registro Civil, oficinas Planta baja.
Plaza España s/n.
Tlfno: 927 54 40 04 - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
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Documentos necesarios
- D.N.I.
- Partida de nacimiento
- Fé de vida y estado
- Certificado de empadronamiento de los últimos dos años
- Es necesario que al menos uno de los dos cónyuges esté empadronado en Almaraz.
- En las oficinas del registro civil del Ayuntamiento de Almaraz, deberán rellenar un expediente matrimonial.
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Solicitud de Fecha y Hora
Una vez autorizado el expediente matrimonial podrán solicitar fecha y hora para la celebración de la boda. Puede ser cualquier dia de la semana, incluyendo sábados y domingos, siempre que la persona encargada de efectuar el enlace esté disponible.
Es un acto público al que pueden acudir los invitados que lo deseen, no es necesario presentar una lista previa de invitados.
La firma deberá realizarse en las oficinas del Ayuntamiento o en el Juzgado de Paz. La ceremonia podrá celebrarse en el Ayuntamiento o en un sitio privado si los contrayentes asà lo desean.
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Tasas
Este es un servicio gratuito que ofrece el Ayuntamiento de Almaraz a los empadronados. No es necesario pagar ninguna tasa.
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¿En qué consiste el Servicio de Ayuda a Domicilio?Â
El Servicio de Ayuda a Domicilio está regulado por el Decreto 12/1997, de 21 de Enero, por el que se desarrollan las prestaciones básicas de Servicios Sociales de titularidad municipal y se establecen las condiciones y requisitos de aplicación a las ayudas y subvenciones destinadas a su financiación.
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¿Dónde se solicita?
Para solicitarlo, deberá dirigirse a:
Servicios Sociales - Trabajadora Social
Ayuntamiento de Almaraz. Planta Baja.
Plaza España, s/n - Tlfno: 927 54 40 04
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
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Procedimiento y requisitosÂ
- La Trabajadora Social realizará una entrevista de acceso al Servicio, para ver el perfil del usuario y comprobar que cumple con los requisitos de acceso:
- Estar empadronado/a en la localidad.
- Perfil del usuario:
- Con caracter general, podrán ser usuarios de la prestación de Ayuda a Domicilio todas aquellas personas o grupos familiares residentes en la Comunidad Autónoma de Extremadura, que carezcan de autonomÃa personal de tipo parcial o total, temporal o definitiva.
- Con caracter prioritario, se atenderá a las personas mayores con dificultades en su autonomÃa personal, sean o no pensionistas; a las personas con discapacidades o minusvalÃas que afecten significativamente a su autonomÃa personal, sea cual fuere su edad; a las personas o grupos familiares cuyo entorno familiar y social presente problemas de desarraigo convivencial.
- Aportación documental requerida:
- Informe médico oficial de Ayuda a Domicilio
- Datos económicos: rentas, pensiones, declaración de IRPF, etc. De todos los miembros que componen la unidad familiar.
- Certificado de empadronamiento
- D.N.I de todos los miembros que compongan la unidad familiar
- Comprobados todos los datos, se realiza una visita al domicilio, se realiza un informe social y se firma la solicitud de acceso al servicio.
- La solicitud será entregada a firma a AlcaldÃa donde se resuelve la concesión del expediente.
Para adquirir la condición de usuario de Ayuda a Domicilio se habrá de obtener una puntuación mÃnima de 25 puntos, conforme al baremo que figura en el Anexo I del Decreto 12/1997 de 21 de Enero.
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