Inscribir al recién nacido en el Registro Civil
Es obligatorio y el debe realizarse dentro de las 48 horas siguientes al nacimiento, transcurridos los cuales y hasta los 30 dÃas naturales se deberá acreditar justa causa que constará en la inscripción.
Pasado dicho plazo, es necesario tramitar un expediente de inscripción de nacimiento fuera de plazo ante el encargado del Registro Civil correspondiente.
¿Quién puede realizar el trámite?Â
- Los padres o cualquier familiar.
- Si no están casados, se realizará la solicitud en el Ayuntamiento de Almaraz y desde allà se cursará la solicitud al Juzgado de instrucción de Navalmoral de la Mata para que autorice la inscripción.
Documentos necesarios
- Parte médico de alumbramiento que se entrega a los padres en el propio hospital.
- D.N.I. de los padres
- Libro de Familia. En el caso de que no exista matrimonio, el Libro de Familia se expedirá en el momento de realizar la inscripción del nacimiento.
¿Dónde se inscribe el nacimiento?
En el Ayuntamiento de Almaraz:
Plaza de España s/n.
Tlfno: 927 54 40 04
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Los nacimientos que tengan lugar en territorio español, cuando su inscripción se solicite dentro del plazo, podrán inscribirse en el Registro Civil correspondiente al domicilio del progenitor o progenitores legalmente conocidos.
Subvenciones
El Ayuntamiento de Almaraz dispone de un programa de subvenciones de Fomento de la Familia.
Para mayor información dirigirse a:
Servicios Sociales - Trabajadora Social
Ayuntamiento de Almaraz, Planta Baja.
Plaza España s/n - Tlfno:927 54 40 04
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Al tener un hijo o una hija necesitarás realizar varios trámites relacionados con diferentes organismos:
En la Seguridad Social.
La inscripción a la Seguridad social es necesaria para asociar al bebé como beneficiario de asistencia sanitaria con uno de los padres. Puede realizarse de manera presencial mediante cita previa en el teléfono 901 10 65 70, telemática aquào por correo postal. Para los dos últimos casos deberá remitirse la siguiente documentación:
- Libro de familia con la inscripción del recién nacido facilitado en el Registro Civil o libro de familia no actualizado junto con la certificación literal de nacimiento.
- DNI.
- Formulario de solicitud como beneficiario de la Seguridad Social.
- Para obtener la prestación por maternidad y/o paternidad, deberá además proporcionarse el certificado de la empresa, junto al informe de maternidad en el caso de las madres.
En tu centro médico.
Para obtener la tarjeta sanitaria del recién nacido y asignarle un pediatra deberá acudirse al Centro de Atención Primaria o Centro de Salud correspondiente con la siguiente documentación:
- Libro de familia con la inscripción del recién nacido facilitado en el Registro Civil o libro de familia no actualizado junto con la certificación literal de nacimiento.
- Impreso de afiliación del bebé como beneficiario de la Seguridad Social.
- Impreso de solicitud de la tarjeta sanitaria individual para el bebé.
Una vez que se dispone de la tarjeta sanitaria se solicitará en el mismo Centro de Atención Primaria o Centro de Salud la asignación de pediatra y la petición de cita para la primera revisión.Â
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Referencias legales y/o técnicas



















